domingo, 9 de agosto de 2009

DELTA AMACURO PIERDE TERRITORIOS

La sentencia 617 de fecha 19/05/2009, dictada por la Sala Constitucional del Tribunal Supremo de Justicia, DECLARO NULA POR INCONSTITUCIONALIDAD las Leyes de División Político Territorial del Estado Delta Amacuro, publicadas en 1994 y 1995, así como la reforma publicada en 1997, de modo que son tres las leyes aprobadas y anuladas por el Alto Tribunal de la República, lo que dejó en vigencia la vieja Ley de División Político Territorial publicada en la Gaceta Oficial Extraordinaria del 20 de julio de 1994, aprobada por la extinta Asamblea Legislativa por mandato de la Ley Especial, mediante la cual se otorgó al territorio Federal Delta Amacuro la categoría de Estado en 1991.

De la sentencia se desprende una serie de elementos jurídicos y políticos que perjudica sobremanera el futuro del Estado Delta Amacuro, evidenciando una actuación irresponsable de los distinguidos diputados que conformaron la primera Asamblea Legislativa del antes mencionado Estado y de la supina ignorancia de quienes defendieron los intereses del Estado Delta Amacuro durante el desarrollo del juicio en el Tribunal Supremo de Justicia, errores graves, falencias inexplicables, teniendo como consecuencia la sentencia mencionada, la cual desfavoreció las pretensiones nuestras de mantener los territorios en disputas bajo la administración del Estado Delta Amacuro, territorios que históricamente fueron del Delta Amacuro y por la ignorancia y falta de defensa serán parte del Estado Bolívar .

Los deltanos debemos estar conscientes que de los 48 mil kilómetros cuadrados de territorio del Estado Delta Amacuro, las dos terceras están constituidos por zonas fluviales, territorios que gran parte del año están bajo las aguas del Orinoco, y muchos de esos territorios carecen de valor económico, salvo la pesca y la navegación, pero bien es conocido la situación de hambruna que ocurre en el Delta debido a las políticas erradas del Gobierno Nacional y Regional en materia pesquera, lo que ha llevado a nuestro noble pueblo a depender de las misiones del gobierno para obtener el sustento diario.

Por lo tanto, la sentencia del TSJ, cercena al Delta Amacuro de un territorio de gran potencial económico, por su riqueza maderera, minera, agrícola, etc, lo que constituye un perjuicio grave para el futuro desarrollo económico y social del Estado.

Pero lo grave de todo, es la total irresponsabilidad con que fue manejado este juicio, muchos no teníamos información del caso, quizás por razones de orden político el pueblo y las fuerzas vivas no fueron informados de la inminencia de esa sentencia que producirá consecuencias duraderas para el futuro de los deltanos.

Hago un llamado a los deltanos para que estemos en alerta permanente ante los resultados de la sentencia, por cuanto su ejecución tendrá incidencias en materia de circunscripciones y circuitos electorales, presupuestaria, de control y responsabilidad de los servicios públicos de la zona, para evitar desmejora de las condiciones de vida de nuestros compatriotas de Casacoima y Antonio Díaz, afectados por esta decisión, pero que debemos acatarla en sus partes.

Por lo tanto, desde ya nos comprometos a reunir la información pertinente a los fines de hacerle seguimiento a la ejecución de la sentencia, para alertar a la población deltana.

Por otra parte, hacemos un llamado de atención a los Legisladores del Estado Delta Amacuro, así como a los Diputados ante la Asamblea Nacional para que se avoquen a proteger los intereses del Estado Delta Amacuro en todos los niveles del Estado nacional, intereses que no protegen, lo que se evidenció fue un silencio cómplice de esos diputados antes, durante y después del desarrollo del juicio, que produjo la sentencia mencionada, la cual cercenó parte del territorio del Estado Delta Amacuro.

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